Cuando vamos a contratar un servicio es bastante común que previamente brujuleemos por los distintos buscadores a ver qué opiniones existen.
Al hablar del derecho al honor tendemos a pensar en personas físicas olvidándonos que la jurisprudencia ha reconocido el derecho de las compañías a proteger su prestigio y reputación en los casos en que alguna difamación pueda dañar su imagen.
Desde finales del siglo pasado se siguió la doctrina de que las personas colectivas no tenían realidad, ni jurídica ni extrajurídica. De ahí que hablar del honor de una sociedad era una metáfora, se decía que detrás no existía nada más que la reputación de las personas físicas que componen la sociedad y actúan por estas. Sigue leyendo